El Tribunal no hizo lugar al jury contra el fiscal Costilla

El órgano de enjuiciamiento resolvió que no existían elementos suficientes para avanzar con la acusación impulsada por el diputado Hugo Ávila. El caso se originó tras "las absoluciones pagas" por el asalto en el Parque América.
martes, 4 de noviembre de 2025 0:00

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El Tribunal de Enjuiciamiento de Magistrados y Miembros del Ministerio Público resolvió no dar curso al jury de enjuiciamiento promovido contra el fiscal de Instrucción N°5, Hugo Costilla, tras considerar que no existen pruebas suficientes para formular una acusación en su contra.

 

La decisión quedó asentada en la Resolución N°47, dictada en el expediente “Dr. Hugo Alejandro Costilla s/ denuncia del diputado provincial Hugo Daniel Ávila”, y pone fin al proceso iniciado por el legislador, quien había acusado al fiscal de mal desempeño e ignorancia inexcusable del derecho.

La denuncia se originó a raíz del acuerdo económico alcanzado en la causa conocida como “Asalto en Barrio Parque América”, donde los imputados fueron sobreseídos luego del pago de ocho millones de pesos en concepto de reparación integral. Ávila consideró que el fiscal había incurrido en prevaricato al avalar un convenio “contrario a derecho”, priorizando el resarcimiento económico por sobre la acción penal.

 

Sin embargo, tras un extenso trámite que incluyó suspensiones, excusaciones y el reemplazo del fiscal del Tribunal, el nuevo fiscal designado, Miguel Mauvecín, concluyó que los hechos denunciados no encuadraban en las causales previstas por la Ley N°4247 de Enjuiciamiento de Magistrados.

 

En su dictamen, Mauvecín sostuvo que Costilla actuó conforme al artículo 59 inciso 6° del Código Penal, que permite la extinción de la acción penal por reparación integral, con control judicial y consentimiento de las partes. Además, recordó que la validación del acuerdo correspondió al juez de control de garantías, no al fiscal, por lo que no podía atribuírsele responsabilidad disciplinaria ni penal.

 

El fiscal del Tribunal entendió que se trató de una diferencia de criterios jurídicos y no de una conducta dolosa o irregular. En esa línea, el Tribunal de Enjuiciamiento determinó que, ante la ausencia de acusación fiscal, no correspondía continuar con el proceso y declaró la inadmisibilidad del jury.

De esta manera, Costilla quedó desligado de las imputaciones impulsadas por el diputado Ávila, cerrando una causa que había generado amplia repercusión en el ámbito judicial catamarqueño por el debate en torno al uso del mecanismo de reparación integral en delitos graves.

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