La Fiscalía dictaminó la prescripción de una segunda causa contra el sacerdote Raúl López Márquez

El Ministerio Público Fiscal consideró extinguida la acción penal por el paso del tiempo en un expediente iniciado en 2023 por presuntos abusos sexuales ocurridos entre 1997 y 2001. Ahora deberá resolver el Juzgado de Control de Garantías.
sábado, 27 de junio de 2026 0:00

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La segunda causa penal iniciada contra el sacerdote Raúl Eduardo López Márquez por presuntos delitos contra la integridad sexual quedó más cerca de su cierre luego de que la Fiscalía de Primera Nominación dictaminara que la acción penal se encuentra prescripta.

 

Con esta resolución, el expediente será remitido al Juzgado de Control de Garantías, que deberá analizar el planteo y definir si declara extinguida la acción penal y dispone el archivo definitivo de la causa.

 

La denuncia fue presentada en marzo de 2023 y hacía referencia a supuestos hechos de abuso sexual que habrían ocurrido entre los años 1997 y 2001, cuando el denunciante tenía entre 12 y 14 años de edad.

 

A diferencia del primer proceso judicial contra López Márquez, en esta investigación el sacerdote nunca llegó a ser imputado formalmente.

La causa fue instruida inicialmente por la Fiscalía de Novena Nominación, a cargo del fiscal Jonathan Felsztyna, quien ordenó diversas medidas investigativas y la recepción de testimonios. Sin embargo, la defensa del religioso solicitó la prescripción de la acción penal al sostener que habían vencido los plazos previstos por la ley para perseguir el delito.

 

En septiembre de 2023, el fiscal Felsztyna ya había considerado que la causa se encontraba alcanzada por la prescripción, al advertir que habían transcurrido aproximadamente 22 años entre los últimos hechos denunciados y la presentación judicial.

 

El reciente dictamen de la Fiscalía de Primera Nominación ratificó ese criterio y avaló el planteo defensivo, por lo que ahora será el Juzgado de Control de Garantías el que adopte la decisión definitiva.

 

Antecedente

 

La situación se suma a lo resuelto en abril de este año por la Sala Penal de la Corte de Justicia de Catamarca, que sobreseyó de manera definitiva a López Márquez en otra causa por abuso sexual agravado al considerar también extinguida la acción penal por prescripción.

 

En ambos expedientes, la imposibilidad de avanzar con el proceso se fundamenta en que los hechos investigados ocurrieron antes de las reformas legislativas que suspendieron los plazos de prescripción para delitos sexuales cometidos contra menores de edad. La Justicia sostuvo que esas modificaciones no pueden aplicarse retroactivamente por el principio de legalidad penal.

 

Desde organizaciones que acompañan a sobrevivientes de abusos eclesiásticos cuestionaron este tipo de resoluciones y remarcaron que la prescripción no implica una declaración de inocencia, sino la imposibilidad legal de continuar la persecución penal por el tiempo transcurrido.

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