Prisión en suspenso para los médicos que cometieron mala praxis 261

Ricardo Monferrán y Alberto Ramos fueron declarados culpables del homicidio culposo de Gustavo Ortega, pero no irán a la cárcel. También fueron inhabilitados para ejercer su profesión por 5 y 4 años respectivamente. Un tercer médico fue absuelto por el beneficio de la duda.
viernes, 19 de noviembre de 2021 0:00

Compartir:

Por unanimidad, la Cámara Penal de Segunda Nominación declaró culpables por el delito de homicidio culposo a los médicos Ricardo Monferrán (63) y Alberto Ramos (37). El tribunal integrado por los jueces Luis Guillamondegui, Silvio Martoccia y Mauricio Navarro Foressi resolvió que ambos cumplan la pena de prisión en suspenso y además quedaron inhabilitados para ejercer la medicina por 5 y 4 años respectivamente.
 

De acuerdo a la investigación, en junio de 2012, Gustavo Ortega, un joven de 20 años, llegó derivado desde el Hospital de Villa Dolores, Valle Viejo, hasta el Hospital San Juan Bautista con el “abdomen agudo”. En el centro de salud de referencia le habrían suministrado una medicación contraindicada para su cuadro. A las horas, tras una intervención quirúrgica, el joven Ortega falleció.
 

Por este hecho, los médicos cirujanos Ricardo Monferrán (63) y Alberto Ramos (37) fueron imputados por “homicidio culposo” y “falsedad ideológica de documento público”. A su vez, el médico Luis López, que también estaba acusado del “homicidio culposo” de Ortega, fue absuelto por el beneficio de la duda.
 

Durante el juicio, los médicos imputados pidieron perdón a la madre la víctima e insistieron en su inocencia.
 

Luego de hacer uso del derecho a la última palabra, el Tribunal pasó a un cuarto intermedio para deliberar y pasadas las 11 se leyó la sentencia en la que hallaron culpables a ambos médicos por el delito de “homicidio culposo”. Monferrán fue condenado a la pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso y a cinco años de inhabilitación para ejercer la profesión. Por su parte, Ramos fue penado a dos años de prisión en suspenso e inhabilitado a cuatro años. 
 

La carátula "en suspenso" determina la no efectividad de la prisión, es decir que no irán a la cárcel mientras cumplan con algunos requerimientos de la Justicia. En general, las condenas que son menores a tres años de prisión se reconocen "en suspenso", esto significa que la Justicia cree que no es necesario que el acusado vaya detenido, mientras el mismo cumpla con una serie de condiciones que deberá cumplir para mantener, justamente, en suspenso esa situación.
 

Monferrán y Ramos también estaban imputados por el delito de “falsedad ideológica de documento público”, pero ambos fueron absueltos por el beneficio de la duda.
 

El tribunal también resolvió que los dos médicos condenados deberán indemnizar de manera conjunta a la madre del joven fallecido en la suma de $2.000.000 en concepto de daño moral y $1.900.000 en concepto de pérdida de chance. A la vez, se condenó al Estado Provincial, como responsable solidario, a abonar la misma suma.

Etiquetas: